Solidaridad
El Servicio de Solidaridad es una prestación adicional, con el objeto de fomentar la ayuda mutua entre los socios para paliar la necesidad económica por sucesos o acontecimientos producidos y previstos en esta norma. Los derechos son intransferibles
Cobertura.
Las coberturas del Servicio de Solidaridad son:
- Nacimiento;
- Fallecimiento del socio/a;
- Fallecimiento del Familiar del Socio: Cónyuge, padre, madre e hijo menor de 18 años o minusválido o discapacitado de cualquier edad;
- Atención Médica gratuita con médicos locales; y,
- Matrimonio.
Premios
- Matrimonio.
- Nacimiento (Hijo de Socio).
Requisitos.
Son requisitos generales para acceder a estos servicios de solidaridad, además de estar al día con sus obligaciones económicas con la Cooperativa, cumplir con el siguiente requisito:
• Tener una antigüedad mínima de 10(diez) meses como socio para los casos de subsidios de solidaridad.
• Presentar el pedido de solidaridad dentro de los treinta días de ocurrir el evento o hecho descripto, pasado lo cual quedará extinguido el derecho.
- Subsidios por Duelo: Gs. 1.500.000
- Consultas Médicas en Consultorios Privados
- Premio por Maternidad: Gs. 1.000.000
- Premio por Matrimonio: Gs. 800.000